Mala Praxis Médica en Panamá: Todo sobre Demandas, Indemnizaciones.

Responsabilidad Civil Mèdica

1. ¿Qué es legalmente la Mala Praxis en Panamá?

En Panamá, la mala praxis no es un “delito tipificado” con nombre propio, sino que se fundamenta en la Responsabilidad Civil.

  • La base legal: Se rige principalmente por los Artículos 1644 y 1645 del Código Civil.

  • El concepto clave: La Lex Artis Ad Hoc. No se castiga un mal resultado (porque la medicina no es una ciencia exacta), se castiga cuando el médico se desvía del protocolo aceptado por la comunidad médica en Panamá.

  • Al analizar la responsabilidad de quienes tienen en sus manos el cuidado de la vida humana, es imperativo establecer una distinción fundamental: la naturaleza del vínculo legal. En Panamá, la responsabilidad médica se divide entre el cumplimiento de un vínculo contractual (el acuerdo médico-paciente) y la responsabilidad extracontractual, que nace del deber general de no causar daño a otro.

2. El Deber de Prudencia y DiligenciaDeber de Negligencia Mèdica

En el derecho panameño, la responsabilidad contractual del médico no se basa, por regla general, en garantizar la curación del paciente, sino en el compromiso de actuar con prudencia y diligencia. Es lo que técnicamente conocemos como una “obligación de medios”.

Para que un proceso por mala praxis prospere bajo esta premisa, el camino legal exige un paso crítico:

La Carga de la Prueba: No basta con que el resultado de la intervención sea insatisfactorio o doloroso. El enfermo o paciente tiene el deber legal de demostrar el incumplimiento de esa diligencia. En términos prácticos, esto significa que el demandante debe probar la existencia de:

  • Imprudencia: Actuar sin la cautela necesaria.

  • Negligencia: Omitir las precauciones que dicta la práctica médica (Lex Artis).

Sin la prueba clara de este descuido, la reclamación de daños carece de sustento jurídico en nuestros tribunales.

No todo desenlace trágico en un hospital constituye negligencia, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia  ha fallado  a favor de un hospital al determinar que la muerte de una infante se debió a factores de riesgo preexistentes y causas naturales (apnea neonatal) y no a una falla en el servicio, donde se  resalta la importancia de la medicina basada en evidencias: si el personal médico cumple con los protocolos ante un paciente de alto riesgo, la ley protege su actuación.

3. Los 3 Requisitos para que una Demanda Prospere

Para que un juez en Panamá condene a un hospital o médico, deben probarse estos tres elementos. Si falta uno, la demanda se cae:

  1. La Falta Profesional: Que el médico actuó con negligencia, imprudencia o impericia.

  2. El Daño Real: No basta con el susto. Debe haber un daño físico, psicológico o patrimonial evaluable en dinero.

  3. El Nexo Causal: Probar que el daño fue causado directamente por la acción del médico y no por la enfermedad previa del paciente.

3. ¿Cómo se calculan las Indemnizaciones en Panamá? Post Instagram Asesoria Legal Elegante Azul 3

Esta es la parte que más interesa a los usuarios. En los tribunales panameños, la reparación de daños se divide en:

  • Daño Emergente: Gastos directos (medicinas, nuevas cirugías para corregir el error, traslados).

  • Lucro Cesante: El dinero que el paciente dejó de ganar por no poder trabajar a causa del daño.

  • Daño Moral: El sufrimiento, la angustia y la afectación a la vida de relación. Dato importante: En Panamá, la Sala Civil de la Corte Suprema ha incrementado los montos por daño moral en los últimos años, llegando en algunos casos a cifras de seis dígitos.

4.  La Prescripción en Panamá

Advertencia Legal: Según el Artículo 1706 del Código Civil de Panamá, la acción para reclamar la responsabilidad civil prescribe en solo 1 año desde que el agraviado supo del daño.

Muchos pacientes pierden su derecho a reclamar porque esperan demasiado tiempo esperando una respuesta del hospital o del Consejo Técnico de Salud.

 5. Análisis de Caso: Responsabilidad del Estado por Homicidio Culposo

Criterio de la Sala Tercera sobre Negligencia Médica en Instituciones Públicas

En esta resolución, la Corte analizó una demanda de indemnización contra una institución de seguridad social tras el fallecimiento de una paciente, ocurrido pocas horas después de recibir el alta médica sin contar con resultados de laboratorio actualizados.

 El Cruce entre la Vía Penal y la Vía Administrativa

Uno de los puntos más valiosos de este fallo es cómo la condena penal previa del médico sirve de base para la responsabilidad del Estado:

Sentencia Penal Previa: El médico tratante fue condenado por el delito de homicidio culposo en la jurisdicción penalResponsabilidad del Estado: La Sala Tercera reafirmó que el Estado es responsable por los daños causados por sus funcionarios en el ejercicio de sus funciones. En este contexto, la responsabilidad estatal se activa al quedar probada judicialmente la negligencia del servidor público.

 Criterio sobre la Prescripción (El tiempo para demandar)

La Corte aclaró un punto que suele confundir a muchos litigantes en Panamá:

Regla General: Normalmente, las acciones contra el Estado prescriben a los dos meses.

La Excepción por Acción Penal: Si se inició un proceso penal, el plazo para demandar civilmente es de un (1) año contado a partir de la ejecutoria de la sentencia penal, según el artículo 1706 del Código Civil. Esto protege el derecho de las víctimas a esperar el resultado del juicio criminal antes de reclamar la indemnización.

 Cuantificación del Daño Moral : La Sala reconoció el impacto profundo en el círculo familiar cercano , otorgando indemnizaciones específicas basándose en peritajes psiquiátricos:

 Condena en Abstracto por Daño Material

Respecto al daño material (pérdida de ingresos futuros), la Corte dictó una condena en abstracto. Esto significa que, aunque reconoce que existe un daño económico, la suma exacta debe calcularse en un proceso posterior de liquidación, ya que las pruebas presentadas (como declaraciones de renta incompletas) no permitieron fijar una cifra líquida de inmediato.

Seguridad para Médicos: Refuerza la importancia de no dar altas médicas sin tener todos los exámenes de soporte; un descuido administrativo (faltar a los laboratorios) puede derivar en un proceso penal por homicidio.

Claridad para Pacientes: Explica que si hay un proceso penal en curso, tienen un año después de que termine ese proceso para reclamar el dinero al Estado.

6. Pruebas ¿Qué necesitas?

Suscríbase con su correo electrónico para recibir boletines informativos y promociones.